participación estudiantil.

“Lo que se les dé a los niños, los niños darán a la sociedad”

Karl A. Menninger

Introducción 

 Soy Cynthia Pinto Díaz, integrante de la Clínica en Derecho y Política Pública del Instituto Autónomo Tecnológico de México (ITAM). En ella trabajamos de la mano con distintas organizaciones de la sociedad civil, instituciones y universidades en temas concretos de política pública para contribuir en la construcción de soluciones que nos permitan impactar positivamente en la vida de las personas.

Esta publicación forma parte de un proyecto colaborativo que comenzó en 2018 entre Proed y la Clínica. Agradecemos la guía por parte de Mercedes del Valle, Directora de Investigación y Desarrollo Educativo de Proed, y Ana María Zorrilla, Coordinadora General de la Clínica.

El artículo está basado en el trabajo de investigación elaborado en el semestre de primavera 2020, por Adriana Farías, Eva Morales, Alonso Pelayo y Lluvia Ramírez. En aquel momento se contó con la asesoría de Carolina Aguilar, Anaid Reyes y Manolo Reynaud. Les agradecemos su valiosa orientación. El contenido del artículo revela la opinión de la autora y no debe interpretarse como un posicionamiento de institución alguna.

El derecho a participar

 El derecho a la participación implica que cualquier niña, niño o adolescente pueda tomar parte en los procesos de toma de decisiones que les involucran de algún modo; independientemente de su edad, nivel de desarrollo, capacidades, personalidad y rendimiento académico.

 Este derecho incluye el derecho a opinar libremente en los asuntos que les afectan, la libertad de pensamiento, conciencia y religión, la libertad de asociación y el acceso a la información, entre otros. Asimismo, de acuerdo con la UNICEF, la participación tiene importantes beneficios sobre el aprendizaje, ya que ayuda a construir confianza, iniciativa, responsabilidad y autonomía. De igual manera, permite que los niños, niñas y adolescentes aporten y colaboren en el progreso común, considerándoles ciudadanos y ciudadanas de pleno derecho con la capacidad de expresar sus opiniones y decisiones en los asuntos que les competen directamente.

 

El marco legal en México

En México, de conformidad con la carta de “Los Fines de la Educación en el Siglo XXI” emitida por la Secretaría de Educación Pública, “el propósito de la Educación Básica y Media Superior es contribuir a formar ciudadanos libres, participativos, responsables e informados, capaces de ejercer y defender sus derechos y que participen activamente en la vida social, económica y política de México”.

Entonces, para alcanzar este fin, es útil indagar en primer lugar, en el marco normativo que lo regula a nivel nacional y, en segundo lugar, en las prácticas que han funcionado en nuestro país y a nivel internacional para así emitir recomendaciones que contribuyan a hacer realidad el derecho a la participación de niñas y niños en los temas que les interesan y afectan.

Los principios y bases para desarrollar la participación en la educación de nuestro país se establecen de manera general y abstracta en el artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; el artículo 29 de la Convención sobre los Derechos del Niño (ratificada por México en el año 1990); los artículos 3°, 7° y 77 de la Ley General de la Educación, y en el artículo 2º de la Ley General Nacional de Niñas, Niños y Adolescentes.

 

Algunas buenas prácticas de participación

En México, un ejemplo de buenas prácticas en la participación educativa es el programa Nuestra Escuela Pregunta Su Opinión (NEPSO) que Proed lleva a sus escuelas, donde niñas y niños se plantean un tema de su interés que quieran investigar y, siguiendo una metodología de investigación basada en la encuesta de opinión, plantean preguntas, elaboran cuestionarios, salen a la comunidad, recolectan y analizan datos para por último dialogar en busca de conclusiones y propuestas para la acción.

Otro ejemplo son los Centros Comunitarios de Aprendizaje en Nuevo León, basados en la propuesta de Paolo Freire, en los cuales las y los alumnos se convierten en participantes activos de una comunidad académica.

 Por otro lado, un ejemplo de normatividad para la participación se puede encontrar en los “Acuerdos Escolares de Convivencia” emitidos por la Secretaría de Educación de Veracruz, en los que se definen las normas de conducta y la organización de la vida al interior de la institución, y son elaborados con la participación de toda la comunidad escolar. De esta manera, las normas se convierten en un compromiso compartido, fortaleciendo así la autorregulación y la autonomía de los alumnos.

A nivel internacional, en Dinamarca, los y las alumnas pueden opinar sobre la enseñanza a través del diálogo con los profesores, encuestas y evaluaciones. También pueden proponer alternativas y aportar ideas para las actividades destinadas a las áreas de interés de las y los estudiantes. Asimismo, existen los consejos estudiantiles a través de los cuales pueden ejercer una influencia en el desarrollo general de la escuela. Esto con el objetivo de formar ciudadanas y ciudadanos competentes, críticos y participativos, con capacidades para cooperar y debatir.

Similarmente, en Finlandia, las y los estudiantes tienen derecho a formar asociaciones y sindicatos estudiantiles para promover la acción conjunta y promover la influencia y participación de estas en asuntos que les involucran. Además, las y los estudiantes tienen la obligación de autoevaluarse al término de cada periodo del año escolar. Esto se debe a que la filosofía escolar versa sobre la y el alumno mismo, quien es responsable de su propio aprendizaje.

 

Algunas recomendaciones para promover la participación estudiantil

 Por último, algunas recomendaciones para fortalecer la participación activa como uno de los pilares de la educación primaria, emitidas por la Agencia Ejecutiva en el Ámbito Educativo, Audiovisual y Cultural de la Comisión Europea, son las siguientes: 1) la posibilidad de que las y los alumnos participen en el gobierno de los centros educativos, 2) la existencia de métodos de evaluación docente por parte del cuerpo estudiantil, y 3) la participación activa en el diseño de sus planes de estudio.

En concordancia con las buenas prácticas mencionadas anteriormente, quienes integran el equipo prepararon esta “Guía de verificación de participación infantil en la escuela”, que tiene la finalidad de orientar procesos de participación estudiantil a nivel primaria. Este debe entenderse, no obstante, de manera enunciativa y no limitativa.

  1. Las y los estudiantes participan directamente en la elaboración de los reglamentos o acuerdos escolares de convivencia.
  2. Las y los estudiantes participan directamente, o a través de encuestas u otros mecanismos, en el diseño de sus planes de estudio y/o en el contenido de sus cursos.
  3. Los planes de estudio de las y los estudiantes que tengan dificultad aprendiendo se realizan adecuándolos a sus diversas necesidades.
  4. Las y los estudiantes tienen la posibilidad de elegir los materiales con los cuales podrán llevar a cabo su aprendizaje para cumplir con los objetivos establecidos en el plan de estudios.
  5. Las y los estudiantes participan en algún foro durante el periodo escolar para hacer reflexiones, emitir opiniones y discutir acerca de su vida escolar.
  6. Las y los estudiantes forman parte de un grupo o asociación estudiantil.
  7. Las y los estudiantes cuentan con métodos de autoevaluación respecto de su desarrollo como estudiantes en las diversas materias.
  8. Las y los estudiantes cuentan con métodos de evaluación sobre el desempeño de quienes imparten clases.
  9. Las y los estudiantes toman clase en espacios diversos al aula.
  10. Se fomentan actividades extracurriculares, previa propuesta y discusión con las y los estudiantes (música, teatro, deportes, etc.).
  11. Las y los estudiantes con dificultad para aprender tienen la posibilidad de repasar sus conocimientos por medio de grupos de estudio.

 Por último, de acuerdo con la UNICEF, el derecho a la participación requiere de espacios seguros e inclusivos, de libertad para expresarse y de escucha respetuosa. Asimismo, el proceso de participación infantil y juvenil es un proceso paulatino que va dotando de conocimiento y herramientas según se vaya avanzando. Aprender a participar es aprender a ser responsable, por lo que poco a poco las y los niños aprenderán a formar parte activa de la sociedad con independencia de criterio y plena responsabilidad.

 

Referencias Bibliográficas:

a) Leyes y Convenciones

Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos

 Artículo 3º: […] El Estado priorizará el interés superior de niñas, niños, adolescentes y jóvenes en el acceso, permanencia y participación en los servicios educativos. […]

El criterio que orientará a esa educación se basará en los resultados del progreso científico, luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios.

Además:

a) Será democrático, considerando a la democracia no solamente como una estructura jurídica y un régimen político, sino como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo;

 

Convención sobre los Derechos del Niño

Artículo 29: 1. Los Estados Partes convienen en que la educación del niño deberá estar encaminada a:

a) Desarrollar la personalidad, las aptitudes y la capacidad mental y física del niño hasta el máximo de sus posibilidades; b) Inculcar al niño el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales y de los principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas; c) Inculcar al niño el respeto de sus padres, de su propia identidad cultural, de su idioma y sus valores, de los valores nacionales del país en que vive, del país de que sea originario y de las civilizaciones distintas de la suya; d) Preparar al niño para asumir una vida responsable en una sociedad libre, con espíritu de comprensión, paz, tolerancia, igualdad de los sexos y amistad entre todos los pueblos, grupos étnicos, nacionales y religiosos y personas de origen indígena; e) Inculcar al niño el respeto del medio ambiente natural.

 

Ley General de la Educación

Artículo 3. El Estado fomentará la participación activa de los educandos, madres y padres de familia o tutores, maestras y maestros, así como de los distintos actores involucrados en el proceso educativo y, en general, de todo el Sistema Educativo Nacional, para asegurar que éste extienda sus beneficios a todos los sectores sociales y regiones del país, a fin de contribuir al desarrollo económico, social y cultural de sus habitantes.

Artículo 7. Corresponde al Estado la rectoría de la educación; la impartida por éste, además de obligatoria, será: […]

Inclusiva, eliminando toda forma de discriminación y exclusión, así como las demás condiciones estructurales que se convierten en barreras al aprendizaje y la participación, por lo que:

[…]

b) Eliminará las distintas barreras al aprendizaje y a la participación que enfrentan cada uno de los educandos, para lo cual las autoridades educativas, en el ámbito de su competencia, adoptarán medidas en favor de la accesibilidad y los ajustes razonables;

Artículo 77. En la formulación de las estrategias de aprendizaje, se fomentará la participación y colaboración de niñas, niños, adolescentes y jóvenes con el apoyo de docentes, directivos, madres y padres de familia o tutores.

 

Ley General Nacional de Niñas, Niños y Adolescentes

Artículo 2. Para garantizar la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, las autoridades realizarán las acciones y tomarán medidas, de conformidad con los principios establecidos en la presente Ley. Para tal efecto, deberán: […]

Promover la participación, tomar en cuenta la opinión y considerar los aspectos culturales, éticos, afectivos, educativos y de salud de niñas, niños y adolescentes, en todos aquellos asuntos de su incumbencia, de acuerdo a su edad, desarrollo evolutivo, cognoscitivo y madurez, […]

b) Artículos, informes, lineamientos, glosarios y entrevistas:

 UNICEF ESPAÑA. (Ed.). (07 de agosto de 2019). Glosario sobre participación infantil y ciudadanía. Recuperado el 06 de marzo de 2021 de: https://www.unicef.es/sites/unicef.es/files/educa/unicef-educa-glosario-derecho-participacion-infantil-adolescente-ciudadania.pdf

 

García Fernández, N. (2002). SISTEMAS DE TRABAJO CON LAS TICS EN EL SISTEMA EDUCATIVO Y EN LA FORMACIÓN DE PROFESIONALES: LAS COMUNIDADES DE APRENDIZAJE. Revista De Educación a Distancia (RED), 2(6). Recuperado el 06 de marzo de 2021 de: https://revistas.um.es/red/article/view/25361

 

Arango, J. C., Demeneghi, D., Mota, M., Márquez, D. E., Rivera, R., Pérez, Z. A., . . . Contreras, S. (2015). Acuerdos Escolares De Convivencia. Orientaciones Para Su Elaboración. (México, Secretaria de Educación de Veracruz, SEP). Recuperado el 06 de marzo de 2021 de: https://www.sev.gob.mx/basica/convivencia-escolar/Acuerdos.pdf

 

Sarah Bogantes: “El objetivo de Dinamarca es crear ciudadanos críticos y participativos” [Entrevista por Z. Ollé]. (10 de marzo de 2020). Recuperado el 06 de marzo de 2021 de:  https://www.magisnet.com/2020/03/sarah-bogantes-el-objetivo-de-dinamarca-es-crear-ciudadanos-criticos-y-participativos/

 

Voogt, J., & Kasurinen, H. (s.f.). FINLAND: EMPHASISING DEVELOPMENT INSTEAD OF COMPETITION AND COMPARISON. Recuperado el 06 de marzo de 2021 de: https://www.oecd.org/education/ceri/34260381.pdf

 

Pichel, M. (27 de septiembre de 2017). Por qué Finlandia, el país con la «mejor educación del mundo», está transformando la arquitectura de sus escuelas. BBC Mundo. Recuperado el 06 de marzo ded 2021 de: https://www.bbc.com/mundo/noticias-41232085

 

Comisión Europea/EACEA/Eurydice, 2017. La educación para la ciudadanía en el contexto escolar europeo 2017. Informe de Eurydice. Luxemburgo: Oficina de Publicaciones de la Unión Europea.

 

UNICEF ESPAÑA. (Ed.). (07 de septiembre de 2019). Guía del curso 2019/20: Educa dando alas. Recuperado el 06 de marzo de 2021 de: https://www.unicef.es/sites/unicef.es/files/educa/unicef-educa-guia-curso-educa-dando-alas-derecho-participacion-infantil-adolescente.pdf

 

 

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